El debate del patrimonio digital
Cuando una persona muere, en casi todos los países del mundo la ley es bien clara con respecto a la distribución de los bienes: al menos que exista un testamento, todos los bienes del difunto pasan a sus seres queridos o familiares cercanos.
En la época en que vivimos sin embargo, existe otro tipo de patrimonio que permanece en un limbo legal, y por lo tanto actualmente cientos de persona están involucradas en batallas legales para tener acceso a esta herencia. Me refiero al patrimonio digital.
¿A quién le pertenece una cuenta de Facebook o una cuenta de email cuando el dueño fallece?
La respuesta es complicada. Por un lado las compañías como Facebook, Google y otros proveedores de servicios digitales, deben obedecer el contrato legal que establecieron con el dueño original de la cuenta. Este contrato establece que la compañía hará todo lo posible por salvaguardar la información privada del usuario. Por el otro lado, los familiares del fallecido buscan tener acceso a esas cuentas; ya sea para mantener el legado del difunto o simplemente para recuperar fotos, documentos, etc que pueden estar guardados en los servidores de estas compañías.
Recientemente leí el caso de una familia en Wisconsin (USA) cuyo hijo de 19 años se quitó la vida hace unos meses, sin dejar una nota explicando su decisión de suicidarse. Los angustiados padres han tratado por todos los medios de descubrir el motivo que llevó a su hijo a tomar esa drástica decisión. Ambos padres le pidieron a Facebook que les permitiera tener acceso a la cuenta de su hijo en la red social, pero Facebook se ha negado hacerlo argumentando que la compañía debe respetar el derecho a la privacidad de su hijo, aun cuando este haya fallecido.
Facebook presenta un punto válido. ¿Qué tal si el muchacho nunca quiso que sus padres leyeran sus mensajes privados, vieran sus fotos o tuvieran acceso a cualquier información que guardaba en Facebook o en sus cuentas de email? ¿Debe la compañía respetar el deseo del usuario o debe permitir a los padres o familiares tener acceso a la información por ser los herederos de sus bienes?
El caso de esta familia no es único. He leído varios otras historias. Desafortunadamente no existe ninguna legislación (al menos en los EE.UU) que bregue con este tipo de situaciones. La familia de Wisconsin demandó a Facebook y un juez ordenó que la compañía les diera acceso a la cuenta del muchacho. Facebook todavía no lo ha hecho y está estudiando si apela la decisión o no.
Es una línea muy difícil de caminar. Si compañías como Facebook o Google abre las puertas y permite que cualquier familiar tenga acceso a las cuentas privadas de una persona fallecida, entonces estarían violando las leyes de privacidad que actualmente existen. Además, correrían el riesgo que impostores se adueñen de la información de las cuentas presentando documentos falsos que aleguen que una persona ha fallecido. Por el otro lado, es entendible que unos padres desesperados busquen respuestas ante el suicidio de un hijo.
No creo que los Estados Unidos sea el único país donde se tendrá que debatir legalmente este nuevo fenómeno que ni siquiera existía hace unos años atrás. Lo cierto es que ambos lados tienen razón en sus posiciones, y al final del día, tanto los unos como los otros deberán buscar un punto medio (si es que existe) para llegar a una solución aceptable para ambas partes.
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